Preguntas frecuentes
- Ingresá al Portal de Autogestión desde nuestro sitio web
- Elegí la opción `Completar DDJJ´
- Una vez dentro, seleccioná “Completar”
- Completá las siguientes pestañas:
-Datos Personas
-Datos Familiares
-Ejercicio Profesional
-Anexos
-Renovación eximición de COMEI (opcional)
- Seleccioná `Presentar DDJJ´
Una vez presentada, recibirás automáticamente un correo electrónico con la confirmación. Si no es así, deberás verificar si fue presentada correctamente.En el caso de presentar también la renovación de eximición, ya sea rechazada o aprobada, te llegará por correo electrónico en un plazo de hasta 72 horas hábiles aproximadamente.
- En caso de ser Nuevo Matriculado completá todos los campos con tus datos personales
- Si ya lo completaste en otra oportunidad, revisá que los datos que ya se encuentran estén correctos. En caso de necesitar realizar alguna modificación, corregilo directamente.
Recordá hacer clic en `confirmar datos personales´ para que quede guardado.
En este apartado, deberás declarar los datos de tu cónyuge/conviviente e hijos.
Independientemente de su adhesión a Fundación COMEI
→ Ejercicio Profesional Privado (Consultorio)
Es el trabajo realizado en el consultorio, ya sea de manera particular o a través de las obras sociales.
Se debe ingresar el monto total facturado en su consultorio, que incluye tanto los servicios particulares como los correspondientes a las obras sociales, durante todo el año.
Paso a paso:
- Hacé clic en `Agregar´
- Completá los campos obligatorios
- Confirmá
→ Otras formas de ejercicio profesional (Relación de Dependencia Privada, Empleo Público o Locación de Servicio)
Es el trabajo en relación de dependencia, ya sea de forma privada, pública o bajo un contrato de locación de servicios como odontólogo.
Lo que se debe declarar en el ingreso anual es la suma total de todos los recibos de sueldo durante el año, incluidos los aguinaldos.
Paso a paso:
- Hacé clic en `Agregar´
- Completá los campos obligatorios
- Confirmá
→ Entidades por las cuales facturan honorarios a las Obras Sociales (F.O.P.B.A., S.O.L.P., CÍRCULOS, ASOCIACIONES Y AGREMIACIONES)
Aquí se debe indicar la entidad a través de la cual se facturan los servicios para las obras sociales.
Paso a paso:
- Seleccioná entidad (puede ser más de una)
- Confirmá
Se considera Ejercicio Profesional en otra Jurisdicción a todo el que se realiza fuera del ámbito geográfico de la Provincia de Buenos Aires. Asimismo, también constituye ejercicio profesional en otra jurisdicción, aquel que se realiza dentro del ámbito geográfico de la Provincia de Buenos Aires, pero para un empleador público nacional, por ejemplo, actividad docente para una Universidad Nacional, actividad laboral para el Servicio Penitenciario Federal, etc.
En cada ejercicio deberás seleccionar si estás fuera o dentro de la jurisdicción.
Este ítem contiene la información de lo facturado por obras sociales, independientemente de la modalidad de facturación, es decir, ya sea mediante convenio directo o a través de alguna entidad.
Aparecen predeterminadas las principales obras sociales con el desplegable de sí o no.
En caso de marcar sí, se despliega la pantalla para colocar mes a mes lo facturado a cada obra social. (La facturación se completa mes a mes)
A medida que avanzas, se van habilitando las opciones de las principales obras sociales.
Como último paso, aparecerá la opción «Anexo otras», donde encontrarás el resto de las obras sociales disponibles. Allí podrás seleccionar aquellas con las que trabajes y seguir el mismo procedimiento.
En cada ejercicio deberás seleccionar si estás fuera o dentro de la jurisdicción.
Si ya estás eximido, debes renovar el trámite para continuar de esa manera.
Paso a paso:
- Presioná `Agregar´
- Se habilita la pantalla para completar los datos de tu trabajo en relación de dependencia
- Adjuntar los recibos de sueldo que no cuenten con clave. En caso de que tengan clave, deberán ser descargados previamente y luego adjuntar la imagen (el archivo debe estar en formato .JPG o .PDF), asegurándose de que la imagen sea clara, legible y completa (no parcial).
- Una vez cargado, aparecerá una ventana en la parte superior derecha indicando que el trámite fue registrado
- Para mayor seguridad, verificá que esté realizada correctamente la carga en tu pantalla
→ Si nunca gestionaste la eximición, lo podés hacer a través del Portal COMEI
De presentar dentro del período correspondiente, La Caja podrá registrar en tiempo y forma la información relativa la facturación a terceros y exigirles a los mismo el pago del aporte por art. 34 inciso L.
También, podrás solicitar las prestaciones que brinda La Caja (Jubilaciones y subsidios)
**Siempre y cuando cumpla los restantes requisitos de cada prestación
El período de presentación es hasta el 31 de marzo, una vez pasado esa fecha se considera fuera de plazo.
- Ingresá al Portal de Autogestión a través de la Web de La Caja (te recomendamos iniciar sesión desde una computadora)
- Elegí la opción `Completar´ sobre la Declaración Jurada 2024
- Completá los pasos requeridos y al finalizar aparecerá en el estado “Presentada – Fuera de plazo”
- La presentación fuera de término, de acuerdo al art. 77 de la Ley 8.119, podrá condicionar el goce de los beneficios otorgados por esta Caja Previsional
La falta de presentación genera la suspensión de la posibilidad de solicitar beneficios previsionales, como también subsidios, préstamos y cualquier otro tipo de beneficio otorgado por la Caja de Seguridad Social.
Si la eximición fue rechazada, deberá ingresar a su portal de autogestión, seleccionar la opción «COMPLETAR DDJJ» y verá un botón amarillo que dice «Verificar eximición». Al hacer clic en ese botón, el sistema lo llevará a la sección para editar lo que ya está cargado y reemplazar el archivo por el correcto.
Una vez que hayas presentado la DDJJ, recibirás automáticamente un correo electrónico de confirmación. Si no te llega este correo, deberás verificar si la presentación fue realizada correctamente.
En caso de que también hayas presentado la renovación de eximición, ya sea aprobada o rechazada, recibirás una notificación por correo electrónico dentro de un plazo aproximado de 72 horas hábiles.
Una vez dado de alta en el Portal de Autogestión, deberás declarar los ingresos percibidos a partir de la fecha de matriculación. Por ejemplo, si tu fecha de matriculación es en julio, deberás declarar los ingresos correspondientes al período de julio a diciembre.