Subsidios
El subsidio por incapacidad total y temporaria de esta Caja es otorgado a aquel afiliado que lo solicite y que sufra por accidente o enfermedad, una incapacidad total y temporaria para ejercer la profesión, prolongándose la misma por un plazo superior o igual a 45 días.
Cabe resaltar que el afiliado debe tener como mínimo una antigüedad de ciento ochenta (180) días al momento del inicio de la incapacidad total y temporaria y no debe encontrarse suspendido por deuda de aportes al momento del inicio de la incapacidad y al momento del ingreso de su solicitud. Asimismo no debe tener declaraciones juradas pendientes de presentación y cumplir los demás requisitos reglamentarios.
El afiliado debe iniciar el trámite a través del portal de autogestión, seleccionando la opción «Subsidio por Incapacidad Temporaria» y completar los pasos que le indique el sistema dentro de los 30 días de la fecha de inicio de la incapacidad.
Asimismo, en caso de aprobarse la solicitud, es obligatorio para su liquidación la presentación de los certificados médicos que acrediten que estuvo efectivamente incapacitado de forma total y temporaria.
Esto último se realiza a través del portal de autogestión seleccionando la opción «Presentación de Certificado Médico para Incapacidad Temporaria»
El primer certificado médico debe tener fecha a los 45 días o posterior de la fecha de inicio de la incapacidad, mientras que el segundo y siguientes deberán tener fecha a los 30 días o posterior desde que se cumplieron los 45 días.
Así por ejemplo si un afiliado se incapacita el 1 de enero, deberá solicitar el subsidio antes del 31 de enero y -de serle aprobado- el primer certificado deberá tener fecha 14 de febrero o posterior, mientras que el segundo certificado deberá tener fecha 14 de marzo o posterior y el tercero 14 de abril o posterior y así sucesivamente. En caso de obtener el alta deberá presentar el certificado médico con la fecha de alta correspondiente.
El Subsidio por Maternidad de esta Caja, se otorga a todas aquellas mujeres afiliadas que hayan tenido o adoptado un/a hijo/a. Para este caso es necesario contar con la matrícula activa, una antigüedad profesional de seis (6) meses al momento del nacimiento del niño, no estar suspendida por deuda de aportes al momento del nacimiento y al momento del ingreso de la solicitud y cumplir los demás requisitos reglamentarios.
Para solicitar el mismo la afiliada debe ingresar al portal de autogestión y elegir el trámite «Subsidio por Maternidad», completando los pasos que le indique el sistema.
Para acceder a este Subsidio otorgado por esta Caja, el solicitante debe tener a su cargo un hijo discapacitado, que cuente con Certificado Unico de Discapacidad (C.U.D.), que sea menor a veintiún (21) años de edad y el solicitante debe ser afiliado con matrícula activa o bien ser Jubilado Ordinario, Extraordinario o Pensionado, esto significa que los afiliados con matrícula cancelada que no posean un beneficio previsional de nuestra Caja, NO pueden solicitar este Subsidio.
El afiliado debe contar con una antigüedad mínima de noventa (90) días para poder acceder al mismo, no estar suspendido por deuda de aportes ni deber declaraciones juradas y cumplir los demás requisitos reglamentarios.
La asignación familiar es un subsidio que otorga la Caja de Seguridad Social para Odontólogos de la Provincia de Buenos Aires corresponde a aquellos afiliados jubilados o pensionados que tengan a cargo hijos discapacitados que cuenten con el Certificado Unico de Discapacidad (C.U.D.) y cumplan los requisitos reglamentarios.
Para solicitar el subsidio se requiere que el/la afiliado/a ingrese al portal de autogestión y seleccione el trámite «Asignación Familiar para Jubilados y Pensionados» y cumpla con los pasos que le indique el sistema.
Para acceder a este subsidio se requiere de una designación previa que debe realizar en vida el afiliado mediante el trámite «Designación de Beneficiario de Prestación por Fallecimiento» disponible en el Portal de Autogestión. El afiliado puede designar allí a una o más personas en distintos porcentajes. A su fallecimiento y siempre que se cumplan los requisitos reglamentarios, el solicitante podrá peticionar el subsidio para lo cual deberá enviar la documentación al correo electrónico pensiones.fallecimientos@cajaodo.org.ar